[*3*] En el código penal existe un concepto llamado atenuante de reparación del daño.
Es decir, si tu consignas una cantidad a la víctima a modo de indemnización antes del juicio oral, se te aplica un atenuante, y si consignar dicha cantidad supone un esfuerzo enorme, el atenuante pasa a ser muy cualificado, es decir, que rebaja la pena en un grado, lo que quiere decir que si el mínimo de condena de este hombre era 2 años de cárcel, con la aplicación del atenuante cualificada, la pena pasa a tener como máximo 2 años de cárcel.
Dicho esto, si el hombre no tiene antecedentes penales, y la pena es inferior a dos años de prisión, entonces la pena se condona con una multa.
Si yo soy jornalera ganando una miseria recogiendo verduras en murcia a 40 grados a la sombra, en un estado de necesidad y soy violada igual prefiero 6000 euros a que un señor de 67 años se le condene y no pise la cárcel,
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