[*4*] Opción 1: Despido improcedente, 33 días por año trabajado + el sueldo que debería haber cobrado desde que la despidieron hasta que se resolvió en el juicio.
Opción 2: Despido nulo, la empresa está obligada a readmitirla y pagarle el sueldo durante el tiempo que tuvo a la empleada sin trabajo.
[*6*] Pero a ver, la Seguridad Social se encarga de las cotizaciones. Puede que te pidan nóminas, cartas de despido, cartas de finiquito... Pero facturas? No que yo sepa.
Hay que ser ******* para admitir un fraude por escrito, y totalmente falso lo de no tener ninguna propiedad, ademas, la seguridad social no funciona igual que un procedimiento monitorio común, tienes 15 días para presentar las facturas o te vas a pasar la vida pagando al fisco, no te va a dar ni para esclavo...
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